07/06/2019
Los alojamientos turísticos deben contar con un director especializado en la gestión de alojamientos turísticos. Esta es la primera de muchas novedades que plantea la regulación aprobada en julio del año 2018.
De la norma no se escapan los alojamientos rurales. Esto significa, que se aumentan las salidas laborales para quienes siguen, o piensan efectuar un ciclo formativo como Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos en alguno de los centros de FP en Madrid como Santa Gema.
Nueva normativa sobre alojamientos turísticos – Las novedades
Otra novedad que plantea la norma sobre los requisitos que deben cumplir los alojamientos turísticos, es que ahora serán cinco las categorías de apartamentos o alojamientos rurales o urbanos dedicados a la gestión turística.
Estas cinco categorías, que se identificarán con un número de llaves emulando la identificación de los hoteles con sus estrellas, se asignarán de acuerdo con el cumplimiento de ciertos requisitos, pero también con los servicios complementarios que ofrezcan.
Pero sin duda, la gran novedad, y la que más interesa a nuestros aspirantes o estudiantes de la FP Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos, es la obligación que tienen estos alojamientos de contar con un director que los represente y que se identifique como tal.
El decreto establece la obligación de contar con un director, quien será el encargado de gestionar los alojamientos ante los huéspedes, velar por el adecuado funcionamiento de los servicios ofrecidos y por el cumplimiento de las leyes, decretos y normas que rijan la actividad turística en las diferentes Comunidades Autónomas.
Igualmente, la norma establece la obligación de suscribir una póliza de responsabilidad civil, por un valor mínimo de 500.000 euros, para responder por las posibles afectaciones que tengan los huéspedes durante su estadía en los alojamientos turísticos.
Otras novedades en el decreto sobre Alojamientos Turísticos
La norma, en resumen, incorpora las siguientes novedades:
- La calificación de las llaves, se hará con base en la declaración que realiza el responsable de los alojamientos turísticos, que puede ser el dueño o el director.
- Los propietarios o directores que no hayan efectuado la declaración, no podrán comercializar los servicios, no incluir los alojamientos turísticos en anuncios de publicidad, catálogos, anuncios en Internet, etc.
- Los alojamientos turísticos que no cuenten con caja fuerte en cada una de las habitaciones o apartamentos, tendrán que ofrecer el servicio de custodia privada de joyas, elementos de valor o dinero en efectivo, propiedad de sus huéspedes.
- El propietario o el director, tendrán que garantizar un número mínimo de hospedajes habilitados para huéspedes con discapacidades. Uno por cada 50 alojamientos.
Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos – Una salida laboral más para estos profesionales
Por supuesto el profesional idóneo e ideal para ocupar el puesto de director, no puede ser otro que un Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos de la FP Santa Gema en Madrid. ¿Porqué? Accede aquí y lo sabrás.